Me pregunto si los ciudadanos comunes y corrientes ¿han leído la Ley del Servicios Profesional Docente que entro en vigor el 1 de Septiembre del presente año? Ley que ha causado protestas de la clase magisterial en toda la republica mexicana.
Pues me anteví a leerla y resulta muy favorable tanto para los alumnos, padres de familia como a los maestros, no veo que afecten sus interesas, puesto que al contrario son benéficas, analicemos los puntos:
En el primer capítulo de la ley señala que Regulará el servicio profesional docente en educación básica y media superior, no incluye a las universidades o afines ni educación para adulto mayor en los niveles federal estatal y municipal.
Regulará derechos, obligaciones, rendición de cuentas transparentes y lo más importante: capacitación y establecer los perfiles a los maestros.
En los puntos en donde patalea el sindicato de maestro y no hay nada a su favor o conveniencia son los siguientes puntos:
En el artículo 21 de la Ley dice que Para ocupar el puesto de docente de nuevo ingreso se tiene que evaluarse, no sin antes un curso de inducción, esta evaluación es pública, en la cual puede participar todo aquel que reúna el perfil. Lo que no queda claro y es queja del sindicato es que si apruebas la evaluación, el docente aspirante queda contratado, y si no lo acoge el sindicato puede ser trabajador de confianza.
Se establecieron restricciones para la contratación en la cual ya no venderán ni heredaran plazas, esto lo marca el artículo 72 de la ley, advirtiendo que será separado del servicio público que no justifique la tramitación, resolución que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar beneficio para uno su cónyuge, cucumbina, parientes cercanos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles.
Dejará de percibir sueldo, así como también suspensión temporal de actividades de docente, aquel que sea electo en una función política pública, ya sea de elección popular, diputación plurinominal, o puesto político, una vez terminado su función política se reincorpora a la docencia con su respectivo sueldo.
Otra inconformidad del sindicato de los maestros es que en el artículo 52 y 53 de la Ley dice que para tener la permanencia en el servicio serán evaluados hasta con tres oportunidades para aprobarlo y si no aprueba primera evaluación se hará una segunda no sin antes prepararlo y si no aprueba la segunda va una tercera. En el caso que no se incorpore a la tercera evaluación o no apruebe se dará por terminado el nombramiento de docente.
Sería inaudito que el maestro repruebe la tercera oportunidad, además de que se quejan si ahora la forma de evaluación que tendrán los maestros hacia los alumnos que fue reformada ya no se pueden calificar por numerales, se utilizaran letras tomando el “A” de diez, “B” de nueve u ocho y así sucesivamente o indicar aprobado o reprobado.
En mi punto de vista esta nueva Ley va a beneficiar a todos los mexicanos, ya hace falta orden en el magisterio, ya basta de plantones, marchas y que haya escuelas sin maestros perjudicando a los niños. Está muy claro la ley, no habla de despidos, ni perjudica a las prestaciones que actualmente tienen , al contrario habrá incentivos a la superación y si están a favor o en contra de mi punto de vista que me lo hagan saber, comenten el articulo.
si quieren consultar la Ley del Servicio Publico Docente les mando este link:
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